ANEXO 7: ACTUACIONES EN RECARGA Y PROTECCIÓN DE ACUÍFEROS. NORMAS PREVIAS DE EXPLOTACIÓN DE ACUÍFEROS

1.- RECARGA Y PROTECCIÓN DE ACUÍFEROS

1.1.- ACUÍFEROS SOBREEXPLOTADOS

Relación de Unidades Hidrogeológicas en las que se iniciará el estudio para ver si procede la declaración provisional de acuífero sobreexplotado o en riesgo de estarlo.

ACUÍFEROS SOBREEXPLOTADOS

NOMBRE
24Aluvial del Glera
31Curso bajo y Delta del Ebro (Sector Plana de la Galera)
37Jalón-Huerva (Sector Alfamén-Cariñena)
44Gallocanta
56Vicfret-Guissona

 

1.2.- PERÍMETROS DE ACUÍFEROS

 

Relación de Unidades Hidrogeológicas en las que se iniciará el estudio para ver si procede la definición de un perímetro dentro del cual no se otorgará ninguna nueva concesión de aguas subterráneas, a menos que los titulares de las preexistentes estén constituidos en Comunidades de Usuarios.

PERÍMETROS DE ACUÍFEROS

NOMBRE
9Aluvial de Vitoria
23Ésera-Segre (Interfluvio Noguera Pallaresa-Noguera Ribagorzana)
36Queiles-Jalón (Acuífero de Ricla-Lumpiaque)
46Alto Jiloca
48Moncayo-Soria (Zona de Añavieja)
51Cardó-Pelleró

 

1.3.- COMUNIDADES DE USUARIOS PARA EL APROVECHAMIENTO CONJUNTO DE AGUAS SUPERFICIALES Y SUBTERRÁNEAS

Relación de Unidades Hidrogeológicas en las que se iniciará el estudio para ver si procede a la obligación de constitución de Comunidades de Usuarios para el aprovechamiento conjunto de aguas superficiales-aguas subterráneas.

COMUNIDADES DE USUARIOS PARA EL APROVECHAMIENTO CONJUTO DE AGUAS SUPERFICIALES Y SUBTERRÁNEAS

NOMBRE
24Aluvial del Glera-Comunidad General del Glera
36
Queiles-Jalón:
Acuífero de Tarazona-Comunidad General de Queiles.
Acuíferos del Alto Huecha y del Campo de Borja-Comunidad General del Huecha.
Acuífero de Ricla-Lumpiaque-Comunidad General del Jalón
37
Jalón-Huerva:
Acuífero de Alfamén-Comunidad General del Jalón
Acuífero de Muel-Comunidad General del Huerva
38Belchite-Mediana-Comunidad General del Aguas Vivas y Ginel
46Alto Jiloca-Comunidad General del Jiloca
48Moncayo-Soria (Acuífero de Añavieja)-Comunidad General del Añamaza
54Aluvial de la Hoya de Huesca-Comunidad General del Isuela
60Valdegutur-Comunidad General del Añamaza

 

1.4.- NORMAS PARA OTORGAMIENTO DE CONCESIONES EN UNIDADES HIDROGEOLÓGICAS

Relación de Unidades Hidrogeológicas en las que se establecerán normas para el otorgamiento de concesiones y autorizaciones de investigación de aguas subterráneas.

NORMAS PARA OTORGAR CONCESIONES

NOMBRE
5Treviño
7Sierra de Cantabria
23Ésera-Segre
25,26,27Aluviales del Ebro I,II y III
28Aluvial del Gállego
39Calatayud-Montalbán (Aluvial del Bajo Jiloca, Aluvial del Jalón Medio y Aluvial del Perejiles)
54Aluvial de la Hoya de Huesca

 

1.5. RELACIÓN DE PERÍMETROS DE PROTECCIÓN

1.5.1. Relación de perímetros de protección de captaciones para abastecimiento a establecer a lo largo del primer horizonte del Plan.

  • Manantial de GorbeaAbastecimiento a Vitoria y Bilbao
  • Manantial de AraiaAbastecimiento eventual a Vitoria y permanente a Salvatierra
  • Fuentes del AlzaniaAbastecimiento a Alsasua y valle del Araquil
  • Manantial de ArtetaAbastecimiento Pamplona
  • Manantial de ItxacoAbastecimiento a la Mancomunidad de Montejurra (Navarra)
  • Manantial de Riezu y pozos de abastecimiento a la Mancomunidad de Valdizarbe (Navarra)
  • Pozo de abastecimiento a Peralta y Falces (Navarra)
  • Pozos de abastecimiento a Tudela (Navarra)
  • Manantial de San AntónAbastecimiento a Miranda de Ebro (Burgos)
  • Pozos de abastecimiento a Calahorra (La Rioja)
  • Pozo de abastecimiento de Alfaro (La Rioja)
  • Manantial de VozmedianoAbastecimiento a las Mancomunidades de aguas del Moncayo, CascanteFiteroCintruénigo, y Tarazona
  • Galería y Pozo de abastecimiento a la Mancomunidad de aguas del Huecha (Zaragoza)
  • Manantial de San Julián de BanzoAbastecimiento a Huesca
  • Pozos de abastecimiento a Tortosa (Tarragona)
  • Pozo de abastecimiento a Amposta (Tarragona)
  • Pozo de abastecimiento de la Mancomunidad de Mairaga
  • Pozo de abastecimiento Azagra y San Adrián
  • Pozo de abastecimiento de Mendavia
  • Pozo de abastecimiento de Viana
  • Pozo de abastecimiento de Milagro
  • Nacedero de Ercilla (río Larraun) para abastecimiento al Consorcio de aguas "Manantial de Ercilla"

 1.5.2. Relación de perímetros de protección de zonas de especial interés a establecer a lo largo del primer horizonte del Plan (según se recoge en el artículo correspondiente de la Normativa del Plan Hidrológico).

  • Laguna de Gallocanta
  • Salada de Chiprana

1.5.3. Relación de captaciones para abastecimiento y zonas de especial interés en las que se iniciará su estudio para ver si procede la delimitación de un perímetro de protección a lo largo del segundo horizonte del Plan.

  • Manantiales de Fontibre (nacimiento del Ebro)
  • Cueva del agua en Orbaneja del Castillo (río Ebro)
  • Pozo Azul en Covanera (río Rudrón)
  • Manantial de TormeOjo Guareña (río Trema)
  • Manantial de Nanclares de Oca (río Zadorra)
  • Manantiales de Osma (río Húmedo)
  • Surgencias de Foronda (río Zayas)
  • Manantial de Peñacerrada (río Inglares)
  • Manantial de Igoroi (río Ega)
  • Nacedero del Urederra
  • Manantial y pozos de Ancín (río Ega)
  • Manantial de Iribas (río Larraun)
  • Manantial de Subiza (abastecimiento a la Mancomunidad de la Falda Sur del Perdón y Cendea de Galar)
  • Manantial de Puigvert en el río Sarrón (afluente del Ésera)
  • Manantial de San Indalecio (río Oca)
  • Manantiales de San Pedro en Torrecilla en Cameros (río Iregua)
  • Manantial de San Juan en Tarazona (río Queiles)
  • Manantiales de Borja (río Huecha)
  • Manantial de Cella (río Jiloca)
  • Ojos de Caminreal (río Jiloca)
  • Ojos de Monreal (río Jiloca)
  • Ojos de Fuentes Claras (río Jiloca)
  • Ojos de Pontil y Toroñel (río Jalón)
  • Pozos de abastecimiento de Alfamén, Longares y Lucena de Jalón)
  • Manantial de la Virgen de Muel (río Huerva)
  • Manantial de Mediana (río Ginel)
  • Manantiales de Ariño (río Martín)
  • Manantiales del Parrizal de Beceite (río Matarraña)
  • Manantiales de la Carroba en Amposta (río Ebro)
  • Ullals de Baltasar en Amposta (delta del Ebro)
  • Lagos y lagunas referidos en el artículo correspondiente de la Normativa del Plan Hidrológico sobre "Perímetros de protección y medidas para la conservación y recuperación del recurso. Protección de lagos y lagunas": laguna de Sariñena, saladas de Alcañiz, laguna de Pitillas, lagos de Basturs, salinas de Añana y saladas de Sástago y Bujaraloz.

1.6. RECARGA ARTIFICIAL DE UNIDADES HIDROGEOLÓGICAS

Relación de Unidades Hidrogeológicas en las que se iniciará el estudio para ver si son susceptibles de ser recargadas artificialmente.

  • U.H. 36 QueilesJalón. Objetivo: aumentar la regulación natural de las cuencas del Huecha y Jalón favoreciendo la infiltración en los cauces. Procedencia de los recursos: de los cauces vertientes a la unidad.
  • U.H. 24 Aluvial del Glera. Objetivo: aumentar la regulación natural y mejorar la calidad. Procedencia de los recursos: del propio río Glera.
  • U.H. 38 BelchiteMediana. Objetivo: aumentar la regulación natural de la cuenca del Aguasvivas. Procedencia de los recursos: del propio río Aguas Vivas (excedentes invernales).
  • U.H. 60 Valdegutur. Objetivo: aumentar la regulación natural del río Añamaza. Procedencia de los recursos: del propio río (excedentes invernales)
  • U.H. 56 VicfretGuissona. Objetivo: regenerar el acuífero. Procedencia de los recursos: elevación del canal de Urgell.
  • U.H. 37 JalónHuerva. Objetivo: mejorar la calidad. Procedencia de los recursos: sobrantes del futuro embalse de Mularroya.
  • U.H. 32 EzcarayPradoluengo. Objetivo: incrementar la disponibilidad de recursos. Procedencia de los recursos: aguas de invierno del río Urbión.

2. NORMAS PREVIAS DE EXPLOTACIÓN DE ACUÍFEROS

En las páginas siguientes se incluyen las normas previas de explotación de cada uno de los acuíferos considerados en el ámbito del Plan Hidrológico.

En este Anexo a la Normativa del Plan Hidrológico de la cuenca del Ebro se establecen las normas de explotación de las unidades hidrogeológicas actualmente consideradas, hacen referencia tanto a las normas para la autorización de permisos de investigación como a las requeridas para el otorgamiento de concesiones. Se redactan con carácter subsidiario hasta que existan unas normas más concretas basadas en estudios específicos que deberán ir desarrollándose.

La presentación de las normas se realiza de manera sistemática para cada unidad hidrogeológica utilizando una ficha que incluye los siguientes campos:

  • Trabajos previos: Se incluyen los estudios hidrogeológicos precisos para mejorar el conocimiento de la unidad y que pueden dar lugar a una revisión de las normas propuestas.
  • Normas de explotación: Incluye una normativa general para toda la unidad indicando aspectos particulares sobre lo que explícitamente señala la legislación al respecto.
  • Zonificación: Se distinguen cinco tipos de zonas en el interior de la unidad hidrogeológica:
    • Zona sin restricciones: No se establece ninguna restricción especial y sólo se requerirá el obligado cumplimiento de la normativa general.
    •  Zona condicionada: Se trata de áreas en las que la ejecución de nuevas obras de captación estará condicionada a la previa realización de estudios de detalle.
    •  Zona con limitaciones específicas: Regulada en función de condicionantes hidrogeológicos concretos.
    •  Zona de protección para abastecimiento urbano y/o especial interés: Considerada en función de sus particulares características hidrogeológicas y locales.
    •  Zona no autorizada: Aquella en la que no se permiten nuevas autorizaciones concesionales.

Recomendaciones: Donde se apuntan actividades generales y particulares para facilitar la gestión de la unidad; en este apartado se incluyen los estudios para declaraciones de sobreexplotación, constitución de comunidades de usuarios, uso conjunto de aguas superficiales y subterráneas, perímetros de protección, recarga artificial, etc.; dentro de los estudios para declarar acuíferos sobreexplotados o en riesgo de estarlo se incluirán aquellos que puedan fijar piezometrías mínimas para garantizar caudales mínimos en las surgencias naturales.

  • La delimitación de las unidades hidrogeológicas de la cuenca del Ebro está siendo objeto de estudio y previsiblemente se introducirán cambios próximamente, entre tanto, la relación de unidades hidrogeológicas actualmente consideradas y de las que aparece la correspondiente ficha de normativa de explotación, es la siguiente:

Unidades hidrogeológicas: